La Bolsa de Comercio de Santa Fe realizó un evento virtual, que fue visto por mas de 7000 personas, en el que se despejaron algunas dudas con respecto a la Nueva Carta de Porte Electrónica para el Traslado de Granos.

El nuevo sistema comenzará a regir el 1° de septiembre, y podrán convivir ambos soportes (papel y eléctrónico) hasta noviembre, cuando será obligatorio.

Marcela Alejandra Miercke jefa de la División Fiscalización N°1 de AFIP Santa Fe explicó que la Carta de Porte Electrónica para el transporte automotor y ferroviario será obligatoria para el transporte que se realice a cualquier destino dentro del país de los siguientes productos:

-granos no destinados a la siembra (cereales y oleaginosos)

-legumbres secas (porrotos, arvejas y lentejas)

-semillas aun no identificadas como tales por la autoridad competente.

La CPE es intransferible y se deberán generar tantas CPE como destinos y/o especies de granos se transporten.

En todos los casos la carta de porte se debe confeccionar con anterior al inicio de trsalado de los bienes hasta el destino final.

Se encuentran exceptuados los transportes internacionales siempre y cuando corresponda a operaciones de importación o exportación con la documentación que así lo compruebe.

Podrán solicitarla aquellos que estén incluidos en el SISA: productores de granos, operadores del comercio de granos, otros sujetos autorizados por la AFIP.

Novedades de la carta de porte electrónica

El comprobante contará con un numero de CPE y un numero de CTG que serán asignados al finalizar la gestión del documento. También contara con un código de barras y código QR

Incorpora validaciones online sobre domicilios de origen y planta de destino declaradas en SISA.

Valida online la disponibilidad de stock de granos del productor del operador.

No resulta necesario su impresión para amparar el traslado aunque se puede llevar impreso.

Tampoco es obligatoria las firmas del formulario de carta de porte por lo que es otro paso que se abrevia. Aunque los campos de firmas se mantendrán en el documento.

El sistema permitirá la carga anticipada de datos los cuales podrán ser guardados en estado borrador . Es decir que se pueden completar algunos datos que el sistema validrá en el momento pudiendo detectar algún incumplimiento o error antes de la carga final.

Esta prevista la posibilidad de anular la CPE durante la vigencia de la misma ( 5 días CPE Automotor y 30 días CPE Ferroviaria.

La carta de porte electrónica ferroviaria se deberá confeccionar por cada uno de los vagones.

También se prevé la posibilidad de gestionar la CPE bajo la modalidad de flete corto, es decir, gestionada por el operador que resulta ser el destino del grano en reemplazo del productor que va a remitir el grano.

¿Qué pasa si hay un incumplimiento?

Los expositores de AFIP aclararon que aplicarán las mismas sanciones que se efectuaban hasta ahora: suspensión o exclusión del registro único de operadores de la cadena agro industrial (RUCA).

En las sanciones en ruta se procederá al secuestro de la carga y se fijará un audiencia.

Otras aclaraciones

Al final del encuentro se despejaron algunas dudas comunes que presentaron los interesados.

Así se explicó que los datos que requiere la el documento electrónico son los mismos que el tradicional en papel, con la incorporación de la posibilidad de informar mas intervinientes que participan en la cadena comercial de traslado.

No hay un cupo determinado de cartas de porte que se pueden generar en un día. Pero sí se deberá tener en cuenta que el sistema autorizara comprobantes de acuerdo a la cuenta corriente granaria del solicitante que se nutre con información declarada en SISA.

NO es necesario bajar una aplicación al celular o contar con un smartphone. El servicio es de formato «responsive», esto quiere decir que adapta al tipo de dispositivo que el usuario este usando ya sea PC, Celular, Tablet, etc.

Ya que la carta de porte se debe tener lista con anterioridad se aclaró que el comprobante se podrá guardar en un dispositivo en cualquier formato (pdf o imagen) o si esto no fuera posible el chofer podrá optar por llevar el documento impreso.

Asimismo se informó que tanto el chofer como la empresa transportista tendrán acceso a las CPE en las que participen utilizando la consulta CPE por participante y podrán realizar modificaciones en caso de notar algún error incluso después de emitido el comprobante.

Para obtener la nueva documentación se deberá ingresar mediante clave fiscal con nivel seguridad 3 al servicio denominado carta de porte electrónica habilitado en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos públicos (AFIP): https://www.afip.gob.ar

Para despejar otras dudas se habilitó la casilla de consultas al correo electrónico cpelectronica@afip.gob.ar

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